RED SÉNIOR
CONSORCIO DE ORGANIZACIONES DE PERSONAS ADULTAS MAYORES
Preámbulo
En la actualidad, estamos viviendo una transformación profunda en la manera en que percibimos y valoramos a las personas mayores dentro de nuestra sociedad. El perfil del adulto mayor ha evolucionado considerablemente: ya no es visto como una figura pasiva, sino como una persona activa, con capacidad y deseo de seguir contribuyendo en diversos ámbitos sociales, culturales y económicos.
Este cambio demográfico y de actitud nos exige replantear el modelo social vigente, promoviendo un enfoque más inclusivo que fomente la participación activa de los mayores en contextos como la educación, el trabajo, la tecnología y la vida comunitaria. Un nuevo modelo social es necesario, uno que valore la experiencia y sabiduría de las personas mayores, y que les ofrezca oportunidades significativas para influir positivamente en el desarrollo de la sociedad.
Bajo estas premisas se crea la Red Sénior, un consorcio de colaboración de organizaciones que representan o trabajan en beneficio de personas adultas mayores, proporcionando un espacio de colaboración, reflexión e intercambio de experiencias, así como la defensa de los derechos e intereses de los séniors en España con el fin de seguir desempeñando un papel fundamental en la sociedad, asegurando que su voz sea escuchada y valorada.
La Red Sénior se funda en Extremadura en octubre de 2024 gracias a la implicación de un grupo comprometido de organizaciones procedentes de distintas comarcas de la región.
Red Sénior se regirá por los principios de horizontalidad, inclusión y participación democrática.
Artículo 1. Naturaleza y ámbito de actuación
1.1 La Red Sénior es una plataforma de coordinación y cooperación entre organizaciones no gubernamentales, que representan o trabajan en beneficio de personas mayores de 55 años en España.
1.2 La gestión de la Red se lleva a cabo de forma solidaria por todos los participantes. No dispondrá de presupuestos propios y ningún cargo será remunerado a través de la Red.
1.3 Las actividades se financiarán con fondos propios de cada entidad o mediante colaboraciones externas y en función de cada proyecto. Dichas colaboraciones deben haber sido aprobadas por las estructuras de gobernanza que el Consorcio establezca.
1.4 La Red está abierta a la incorporación de nuevas entidades que deben cumplir los principios y objetivos de la misma.
Artículo 2. Principios y objetivos
2.1 Los principios de Red Sénior se basan en la horizontalidad, la transparencia, la comunicación eficaz, transversalidad, innovación, desarrollo y una participación justa y equitativa entre las entidades miembros, con el fin último de aumentar el bienestar de esta población de personas mayores de 55 años.
2.2 Los objetivos de la Red son:
- Facilitar el intercambio de experiencias, actividades conjuntas y buenas prácticas entre las entidades participantes.
- Fomentar la participación activa de las personas mayores en la vida social y comunitaria.
- Promover la defensa y mejora de los derechos y condiciones de vida de las personas mayores.
- Exigir un tratamiento en igualdad hacia las personas mayores.
- Promover la colaboración con otras redes y entidades que trabajen en favor de las personas mayores.
Artículo 3. Beneficios de la participación
3.1 Los beneficios de participar en la Red Sénior incluyen:
- Acceso a un espacio de intercambio de información y experiencias.
- Oportunidades para desarrollar proyectos y actividades conjuntas y colaborativas.
- Mayor visibilidad y capacidad de incidencia en temas relacionados con las personas mayores.
- Fortalecimiento de las capacidades organizativas y de gestión de las entidades participantes.
- Ampliar la red de contactos, lo que incrementará la accesibilidad a recursos.
- Participar en canales de comunicación eficaces asegurando que la información llegue a todas las organizaciones adheridas.
Artículo 4. Estructura y organización
4.1 Podrá participar en la Red Sénior cualquier entidad no gubernamental sin ánimo de lucro que represente a personas mayores o trabaje en en beneficio de éstas y opere en España.
4.2 Cada entidad estará representada por su presidente/a o en quien delegue para participar en las reuniones y actividades de la Red. Estos representantes deben facilitar la divulgación de la información y promover la participación de sus respectivas organizaciones.
4.3 Con el fin de asegurar una representación equitativa, se determinará un voto por entidad participante, por lo que su representación será independiente de su tamaño.
4.4 La Red contará con un Consejo Rector, compuesto por:
- Un Presidente/a
- Un Vicepresidente/a
- Un Secretario/a
- Cuatro Vocales
4.5 Los cargos del Consejo Rector serán elegidos por votación entre las entidades participantes en una Asamblea General.
4.6 Se fomentará la participación paritaria entre hombres y mujeres.
4.7 Los cargos del Consejo Rector tendrán una duración de cuatro años, que deberán ser renovados mediante nueva votación en la Asamblea General. No existe limitación de años en la ostentación de cargos por lo que se podrá repetir candidaturas.
Artículo 5. Responsabilidades del Consejo Rector
5.1 El Consejo Rector tendrá las siguientes responsabilidades:
- Coordinar y supervisar las actividades y proyectos de la Red.
- Convocar y organizar las reuniones de la Asamblea General y del propio Consejo Rector.
- Facilitar la comunicación y el intercambio de información entre las entidades participantes. Para ello utilizará las redes sociales más idóneas.
- Garantizar el cumplimiento de los principios y objetivos de la Red.
- Representar a la Red ante otras entidades y organismos.
- Desarrollar los reglamentos de funcionamiento, resolución de conflictos, etc, necesarios para el correcto funcionamiento de la Red.
- Organizar la documentación, actas, etc de forma ordenada y eficiente promoviendo su digitalización.
5.2 El Consejo Rector se reunirá de manera ordinaria una vez al cuatrimestre, pudiendo realizar reuniones extraordinarias si así lo considerara necesario.
5.3 Deberá promover la participación de todas las entidades, incorporando aspectos de interés para todas las organizaciones. Para ello facilitará que las entidades envíen estos aspectos para la constitución del orden del día.
Artículo 6. Acciones y actividades
6.1 Las acciones y actividades de la Red incluirán entre otras las siguientes:
- Organización de encuentros y jornadas de trabajo sobre temas de interés común.
- Fomento de campañas de sensibilización y defensa de los derechos de las personas mayores.
- Creación de grupos de trabajo temáticos para abordar cuestiones específicas (participación ciudadana, tecnología, nuevas formas de residencias, salud y cuidados, turismo, gastronomía, pensiones y prestaciones sociales, etc.).
- Colaboración con instituciones públicas y privadas para promover políticas y programas favorables a las personas mayores de 55 años.
Se podrán proponer otras acciones que estén alineadas con los objetivos de esta Red.
Artículo 7. Asamblea General
7.1 La red contará con un instrumento de participación democrática a través del órgano de representación Asamblea General que estará constituida por un representante de cada organización quien será el que ejercerá el voto correspondiente de su entidad según lo establecido en el apartado 4.3; un voto por cada entidad.
7.2 Podrán asistir y participar en la Asamblea General todos los miembros de todas las organizaciones. Estos miembros tendrán voz pero no voto.
7.3 La Asamblea General se reunirá de forma ordinaria una vez al año. A propuesta del Consejo Rector podrán realizarse reuniones extraordinarias.
7.4 El Consejo Rector deberá organizar el orden del día de las Asambleas, facilitando que todas las entidades puedan incorporar de forma eficiente los aspectos a tratar en la Asamblea General.
7.5 Es competencia de la Asamblea General elegir a los miembros del Consejo Rector cuando corresponda.
7.6 Las decisiones serán tomadas por mayoría simple entre las entidades asistentes. Para poder ejercer el voto, cada entidad debe haber enviado al Consejo Rector, al menos con 72 horas de antelación, un certificado expedido por el presidente con el número actualizado de socios.
7.7. Se fomentará la rotación del lugar de reunión de la Asamblea General procurando realizarse cada vez en una localidad distinta. Se contará con el apoyo de la entidad de mayores de la localidad anfitriona que colaborará en la organización de dicha reunión.
Artículo 8. Duración, modificación y baja del consorcio.
8.1 El presente consorcio tendrá una duración indefinida.
8.2 Las cláusulas del consorcio pueden ser revisadas y modificadas mediante la aprobación de las 3/5 partes de las entidades participantes en la Asamblea General.
8.3 La adhesión de nuevas entidades a la Red será aprobada por el Consejo Rector.
8.4 Cualquier entidad podrá darse de baja de la Red en cualquier momento, comunicándolo por escrito al Consejo Rector. La baja será efectiva a partir del momento en que se reciba la notificación.
Artículo 9. Disolución de la Red
9.1 La Red podrá disolverse en cualquier momento mediante acuerdo unánime de las entidades participantes.